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Sistema Seguro y protocolo PAS

Cómo reducir el riesgo desde el sistema y cómo actuar sin empeorar una emergencia vial.

Referencia en el manual: páginas 19 a 23; ampliación: manual vigente pp. 8, 9, 20, 21, 23, 36, 37, 43, 44, 49, Código Nacional de Tránsito Terrestre

Los errores no deberían costar una vida

El enfoque de Sistema Seguro parte de una realidad: las personas cometen errores y el cuerpo humano tiene límites. Vías, vehículos, velocidades y comportamiento deben trabajar juntos para que una equivocación no termine en muerte o lesión grave.

Visión Cero sostiene que ninguna muerte o lesión grave en la vía es aceptable y que estos daños son evitables. La responsabilidad es compartida: quien diseña y administra el sistema debe anticipar errores, y cada usuario debe cumplir las reglas y actuar con cuidado.

La movilidad sostenible busca desplazamientos seguros, accesibles y con menor impacto ambiental. Elegir caminar, bicicleta o transporte colectivo cuando es viable ayuda. Compartir el automóvil, o carpool, también reduce la cantidad de vehículos y el consumo por persona al coordinar un mismo trayecto entre varios ocupantes.

PAS significa Proteger, Avisar y Socorrer

El protocolo Proteger, Avisar y Socorrer (PAS) da un orden fácil de recordar para ayudar sin crear otra víctima. Primero protege el lugar para evitar otro choque. Después avisa a los servicios de emergencia. Solo entonces socorre dentro de tus conocimientos y posibilidades. La propia sigla conserva el orden: P, luego A y al final S.

  • Proteger: ubícate en un lugar seguro, evalúa los riesgos y señaliza la escena sin exponerte.
  • Avisar: llama al 123 en ciudades o al #767 en carretera. Da una referencia precisa, sentido de circulación, número de víctimas y riesgos visibles. Responde las preguntas y sigue las instrucciones del operador sin colgar antes de que te lo indiquen.
  • Socorrer: acompaña, tranquiliza y evita mover a una persona lesionada salvo que exista un peligro inmediato.
Secuencia proteger, avisar y socorrer del protocolo PAS
Orden de actuación PAS. Fuente: manual, página 23.

Deberes después de un siniestro

Si hay personas lesionadas, protege la escena, llama a emergencias y auxilia dentro de tus capacidades sin causar daño adicional. La prioridad es evitar otro impacto y permitir la atención profesional.

Cuando solo existen daños materiales y los vehículos pueden moverse, los conductores deben recaudar evidencia y retirarlos para no obstruir el tránsito. Esto no equivale a huir. Deben intercambiar información y usar los mecanismos de conciliación o aseguramiento.

Quién sufre más y qué aumenta el riesgo

Los datos de siniestralidad no se memorizan como una cifra aislada. Se usan para reconocer patrones: peatones, ciclistas y motociclistas carecen de una carrocería que absorba el impacto; niñas, niños, personas mayores y personas con discapacidad pueden necesitar más tiempo, visibilidad o espacio.

Velocidad inadecuada, alcohol y drogas, distracción, fatiga, falta de casco o cinturón y vehículos en mal estado aumentan el riesgo. La distracción limita la atención y retrasa la percepción y la reacción, por lo que aumenta la probabilidad de un choque. Una velocidad mayor deja menos tiempo para reaccionar, dificulta recuperar el control y también aumenta la probabilidad del choque. Si ocurre el impacto, la velocidad aumenta su gravedad porque el cuerpo y el vehículo llevan más energía. Sistema Seguro significa actuar antes del error y proteger primero la vida.

Fuentes de esta lección

  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), p. 20, sección 2.1.1.1
  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), pp. 20 a 22, movilidad segura y sostenible y autoevaluación
  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), pp. 22 y 23, sección 2.1.1.3
  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), p. 23, gráfica 3
  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), pp. 20 a 22, sección 2.1.1
  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), págs. 23
  • Código Nacional de Tránsito Terrestre (2002), Artículo 143, modificado por la Ley 2251 de 2022
  • Código Nacional de Tránsito Terrestre (2002), Artículo 143
  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), págs. 8, 9, 20, 21
  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), págs. 36, 37, 43, 44
  • Manual de referencia para la conducción de vehículos (2026), págs. 8, 9, 49